La Junta de Defensa Civil Municipal reunida esta mañana en el Municipio abordó el tema Covid-19 (Coronavirus) sumando nuevas medidas preventivas, las mismas parten del Decreto Nº 35/2020 el cual establece:

Art. Nº1: Todo transportista que viaje al Puerto de Rosario, a su regreso, el chasis y acoplado no podrá ingresar al ejido urbano de la localidad de Ballesteros, pudiendo dejar la unidad en la calle Orestes Romagnoli entre 9 de Julio y Congresales de Tucumán.

El chofer deberá realizarse de manera obligatoria, un control en el Dispensario Municipal.

Art. Nº2: Se prohíbe al Transporte de Carga de Cereales, oleaginosas y otras cargas estacionar y/o pernoctar en plantas de acopio y en todo el ejido urbano de la localidad. Este artículo se aplica a todas aquellas unidades y/o choferes que no estén domiciliados en Ballesteros.

El Decreto Nº35/2020 comienza a regir desde las 00:00 Hs del 25 de Marzo, hasta las 24 Hs. Del 31 de Marzo.

Al mismo tiempo esta mañana se elaboró y publicó el decreto Nº 36/2020 el mismo regula el horario de funcionamiento de los Servicios de Delivery (Reparto a Domicilio). Este servicio podrá funcionar hasta la hora 20:00 sin excepción.

 

En relación a la circulación hacia otras localidades por parte de Comerciantes, quienes deben viajar a la ciudad de Villa María, para el abastecimiento de sus negocios, deberán retirar un Certificado emitido por el Municipio que justifica su viaje.

Dicho certificado debe retirarse del Municipio de 6:30 a 12:30 Hs.

Sin certificado, no puede viajar.

Categorías: Ballesteros

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