Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede del palacio de Justicia en Bogota. En la foto: Corte Constitucional. (Colprensa-Sergio Acero)
Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede del palacio de Justicia en Bogota. En la foto: Corte Constitucional. (Colprensa-Sergio Acero)

Luego de que la Corte Constitucional estudiara el caso de tres menores de edad, que en medio del confinamiento por el covid – 19 no pudieron acceder a la educación por falta de recursos para computadores y acceso a internet, el alto tribunal estableció medidas al Gobierno nacional para establecer los impactos de la crisis sanitaria en el sistema educativo colombiano.

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A través de la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Corte Constitucional le ordenó al Gobierno nacional que, a través del Ministerio de Educación y entidades territoriales, en un término no mayor a seis meses actualicen, formulen e implementen si aún no lo han hecho, un plan de estrategias que permitan evaluar a nivel nacional el impacto que ha tenido la pandemia generada por el covid-19 en el servicio de educación, en los docentes y en los estudiantes.

La decisión fue tomada por la Sala Plena con una votación de ocho votos a favor y uno en contra. Entre otras órdenes que se le dan al Gobierno nacional se cuenta realizar un acompañamiento psicológico, nivelación de contenidos, reducción de las cifras de deserción, y focalización de la estrategia de conectividad en las zonas donde habitan niños y adolescentes en situaciones de mayor vulnerabilidad.

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Las tutelas presentadas estuvieron en estudio desde diciembre de 2021 por el despacho del magistrado Ibáñez, luego de este fallo, también se le recomendó al Gobierno nacional que en un tiempo inferior a un año deberá formular una política pública de prevención ante estas situaciones.

Con esta recomendación se busca adoptar con anticipación medidas para evitar y resolver problemas que alteran o amenacen el normal funcionamiento de la educación y de esa manera garantizar la efectividad del derecho a la misma en cualquiera que sea el modelo educativo, presencial o virtualidad.

El fallo presentado por la Corte Constitucional demuestra “las irregularidades a las que se tuvieron que enfrentar cientos de niños en el país que no pudieron acceder a la educación debido a que no contaban con elementos tecnológicos”.

Sobre estas medidas el Gobierno nacional deberá informar sobre su cumplimiento al Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogotá que fue el despacho judicial que conoció inicialmente una de las tutela.

Este documento señala que “ni el Ministerio de Educación ni las secretarías locales tomaron las medidas adecuadas durante la pandemia para garantizar el goce efectivo del derecho a la educación”.

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“Por esa omisión sus hijos no contaron con servicio educativo y agregaron que su condición económica precaria y los ingresos familiares fueron insuficientes para suplir las necesidades básicas”, se destaca en el documento de la alta corte.

Además, el magistrado expuso que, “el modelo actual de educación remota de emergencia que surge con la pandemia, no corresponde ni a un modelo de educación a distancia ni a un modelo de educación virtual, que es esencialmente no presencial.”

Desde este año en Colombia se estableció que los estudiantes menores y adolescentes debían regresar a los centros educativos para retomar con la presencialidad y según el fallo del alto tribunal “tanto padres de familia como estudiantes, e incluso, los mismos docentes, han considerado que la educación virtual dejó vacíos de conocimiento.”

Por su parte, la comunidad educativa apoyó esta decisión y la ven como un paso hacia adelante para enfrentar la nueva normalidad y una oportunidad para cambiar las necesidades de los colegios, especialmente los que se encuentran en zonas vulnerables.

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Fuente: Infobae

Categorías: Noticias

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