Personas esperan frente a una oficina del estatal fondo de pensiones Colpensiones en Bogotá, Colombia, 12 de junio, 2020. REUTERS/Luis Jaime Acosta.
Personas esperan frente a una oficina del estatal fondo de pensiones Colpensiones en Bogotá, Colombia, 12 de junio, 2020. REUTERS/Luis Jaime Acosta. (LUIS JAIME ACOSTA/)

En su informe anual, la estatal Colpensiones alcanzó los 1.475.853 pensionados, de los cuales 57% son mujeres y el 43 % son hombres.

Con esta cifra, la entidad superó los 1.593.000 vinculados en Colombia y en el extranjero. Además, cuenta con el 90% de los pensionados del país y con 6.8 millones de personas que realizan sus aportes pensionales a dicha entidad.

En el balance presentado por la entidad hay otros datos de interés como el que señala un hito en las afiliaciones por primera vez, que alcanzaron los 94.079 registros así como los 62.624 traslados electrónicos 42.862 radicaciones de solicitud de pensión de vejez.

Además es clave que de los 1.593.000 vinculados a los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos), de ellos 408.050 hacen parte del sector rural. 

Cabe recordar que este programa es una alternativa para que quienes no alcanzan una pensión de salario mínimo reciban un pago bimensual de por vida que cuenta con un subsidio del Gobierno.

El otro programa sobre el que reporta avances la entidad es el de Piso de Protección Social destinado a personas que quienes trabajan a tiempo parcial.

Desde el 1 de febrero, la entidad logró vincular a más de 3.700 colombianos bajo el sistema obligatorio y más de 5.200 en Piso Voluntario.

Para su presidente, Juan Miguel Villa, los logros continuados de Colpensiones la posicionan como una de las “entidades más queridas por los colombianos”.

Elija con claridad cuál régimen conviene más para su pensión

Es clave recordar que antes de cumplir 47 años para mujeres y 52 años para hombres, se debe analizar a qué régimen acogerse, porque no hay posibilidad de cambiar después de esa edad.

Cada caso es particular de acuerdo a los aportes que haya hecho o lleve haciendo la persona durante su vida laboral.

Sin embargo, también debe tener en cuenta las posibilidades laborales que tendrá en los últimos diez años de cotización.

Los pronósticos del Ministerio de Hacienda y los fondos privados, indican que solo el 78% de las personas en Colombia logran pensionarse, bien sea por baja cotización, trabajos informales o no logran cumplir los requisitos para acceder al beneficio.

Además, solamente en el régimen privado, las personas pueden tener una mesada superior al sueldo recibido en la vida laboral, pero depende de que hayan aportes voluntarios con anterioridad.

Así mismo, en ambos regímenes, las personas que coticen por debajo de 1.6 salarios mínimos legales vigentes, recibirán como mesada un salario mínimo que aumenta de acuerdo al IPC.

En el régimen público, es decir Colpensiones, las personas cotizan para cumplir con las 1.300 semanas requeridas para acceder a pensión, al cumplir 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el caso de los hombres.

En Colpensiones, la mesada corresponderá al 65% del promedio de los salarios percibidos por la persona durante su vida laboral. El promedio se realiza, o bien de todos los salarios, o de los últimos 10 años, según corresponda. Por cada 50 semanas, se aumentará 1.5% en el porcentaje del promedio.

En ese sentido, una persona que cotizó durante 30 años, más de los necesarios para cumplir los requisitos mínimos (más o menos 25 años), y ganó un salario superior a tres o cuatro salarios mínimos durante los últimos diez años, podría tener mayor mesada en el régimen público.

Por su parte, algunos expertos sostienen que las personas que han cotizado toda su vida con el salario mínimo, tendrían mejores beneficios en el régimen privado, debido a que podrían pensionarse tres años antes que en el régimen público y recibir la misma mesada.

Cabe recordar que hay descuentos para el Fondo de Solidaridad y el respectivo pago para la afiliación a salud, la cual es obligatoria para todos los pensionados.

En el régimen privado, que es administrado por entidades como Porvenir, Colfondos, Protección y Skandia, las personas se pensionan, o bien cuando cumplan la edad mínima y superen 1.150 semanas cotizadas; o cuando tengan un ahorro suficiente para recibir una mesada superior al 110% de un salario mínimo.

El sistema pensional en los privados se denomina Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, debido a que las personas no se pensionan en función del número de semanas, sino del monto que logró acumular durante el tiempo laboral y sus aportes obligatorios o voluntario, a lo que se suma el rendimiento de ese dinero.

Esa diferencia genera que los afiliados tienen varias opciones para recibir su pensión. Si su ahorro no es suficiente, pero cumplió los requisitos, puede acceder a la Garantía de Pensión Mínima que, por medio de recursos del Estado, se garantiza que reciba una mesada equivalente a un salario mínimo legal vigente de manera vitalicia.

Pero también, en el fondo privado, puede acceder a retiros programados o renta vitalicia, en los cuales se calcula con base en el ahorro y los rendimientos, una mesada hasta el momento de la muerte del beneficiario. Esta se traslada a los causahabientes y, en el primero de los casos, si hay saldos, podrían ser entregados en herencia.

En caso de que el trabajador no pueda cumplir con las semanas mínimas de cotizadas, y por tanto no acceder a pensión, en el régimen privado puede acceder a la devolución de saldos, sumado al rendimiento y bono pensional, en caso de que exista. En el régimen público el cálculo es diferente debido a que no trata de un ahorro individual y el dinero devuelto podría ser menor.

Pese a ser obligatorio, es necesario que acceda a la doble asesoría en caso de pensar en cambiar de régimen o de fondo. Esta se solicita a cada una de las entidades en la que interés de afiliación, que lo atenderán de manera presencial, virtual o telefónica, y le entregarán información de cómo podría pensionarse en esa entidad. Recuerde que pasar del fondo privado al público o viceversa, requerirá de 5 años de cotización.

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Fuente: Infobae

Categorías: Noticias

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